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Sistemas jurídicos y prostitución

Modelos o enfoques socio-jurídicos ante la prostitución

La prostitución a través del tiempo ha sido una actividad que, desde las normas jurídicas unos pueblos la han prohibido, otros regulado o tolerado; adoptando uno de los enfoques o modelos socio-jurídicos existentes o bien haciendo una regulación que opta por la incorporación de elementos de más de un modelo. Los modelos o enfoques jurídicos ante la prostitución son:

Prohibicionista.

El que la reprime y castiga porque considera que todas las conductas relacionadas con la prostitución son punibles y el Estado considera que debe cuidar y reglamentar la moral pública y sancionar penalmente a todas y cada una de las tres partes que intervienen en el ejercicio de la prostitución: la persona prostituida, el proxeneta y la persona prostituyente. En este sistema la persona prostituida no es una víctima de la prostitución, sino una delincuente y el prostituyente suele ser considerado como víctima..

Reglamentarista

El que la tolera y reglamenta, es decir, el Estado argumentando dar seguridad física a las personas, establece un sistema de control social, policial y sanitario obligatorio, mediante el confinamiento en determinados sectores alejados de las zonas residenciales y control de carácter sanitario no tanto por la calidad de vida de la persona que se prostituye sino para aumentar la seguridad de los prostituyentes. Considera la prostitución como un hecho inevitable, cuya existencia ha de ser aceptada por la sociedad. Protege a los que viven de la prostitución sin ejercerla porque permite la explotación de establecimientos comerciales que facilitan la prostitución. Prohíbe y sanciona la prostitución clandestina.

Abolicionista

Reconoce la existencia de la prostitución y lucha por su erradicación. Considera la prostitución como una violencia de género o abuso sexual pagado y permitido por todos. El ordenamiento jurídico despenaliza el ejercicio de la prostitución, la persona que se prostituye pasa a ser considerada víctima de un proceso que no controla pues su decisión está limitada por condiciones sociales estructurales: pobreza, marginación, falta de oportunidades, abuso sexual,… Las normas penales tipifican la conducta de quienes se benefician de la prostitución ajena sin tener en cuenta si existe o no consentimiento por parte de la víctima. Hoy en día este sistema aboga por políticas de intervención y rehabilitación de las personas prostituidas y la intervención penal sobre los proxenetas y los prostituyentes.

Laboralista

Este modelo denominado también de legalización o regulacionista, considera la prostitución como un trabajo más y exige dotar de un estamento jurídico a quienes desarrollan esta actividad, es decir, le otorga reconocimiento en el derecho laboral y la seguridad social; equipara los derechos de las personas prostituidas con los derechos laborales de cualquier otra profesión formalmente reconocida. Seguramente si las mujeres que ejercen la prostitución se pueden contar como trabajadoras a nivel nacional, los gobiernos se sentirían menos responsables de crear empleos sostenibles, dignos y disponibles para todas las mujeres, se desentenderán del compromiso de incrementar la participación de la mujer en los cargos del país.

Aquí presentamos un resumen ModelosLegislativosProstitucion.pdfModelosLegislativosProstitucion.pdf